Teniendo en cuenta que, la LEY N° 28874, es la ley que regula la PUBLICIDAD ESTATAL, y que tiene como objetivos establecer los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del GOBIERNO NACIONAL, GOBIERNO REGIONAL y GOBIERNO LOCAL, destinarán al RUBRO DE PUBLICIDAD, tanto en PRENSA ESCRITA, RADIO Y TELEVISIÓN; así como también, fija los parámetros bajo responsabilidad de FISCALIZAR LA TRANSPARENCIA Y RACIONALIDAD EN EL USO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PUBLICIDAD EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN MASIVA.
Sin embargo, pese a que la ley estaba vigente desde el 16 de junio del 2022, la misma no se pudo poner en vigencia mientras no se cumplía con la elaboración, aprobación y publicación de su REGLAMENTO NORMATIVO, es así que mediante DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LOS REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE REALIZACIÓN DE PUBLICIDAD ESTATAL ESTABLECIDOS EN LA LEY N° 28874, LEY QUE REGULA LA PUBLICIDAD ESTATAL, MODIFICADA POR LA LEY N° 31515, y publicada ayer en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO, por lo tanto entra en vigencia oficialmente dicha ley que regula la publicidad estatal, en la que se establece los requisitos para la autorización de realización de publicidad estatal (dada el 22 de Mayo del 2023 y rubricada por la Presidenta de la República DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA )
Se indica además que el PODER EJECUTIVO, a través de la PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS, del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES y de las instituciones competentes, reglamenta y adecua los requisitos señalados en la mencionada ley PARA LA AUTORIZACIÓN DE REALIZACIÓN DE PUBLICIDAD ESTATAL las que deben observar las entidades del Estado reiteramos para la CONTRATACIÓN DE PUBLICIDAD CON MEDIOS DE COMUNICACIÓN DE PRENSA ESCRITA, RADIO Y TELEVISIÓN QUE OPEREN EN LOS DISTRITOS, PROVINCIAS Y DEPARTAMENTOS DEL PAÍS.
Y LA ESPERA POR FIN TERMINÓ
Quien así nos lo indica es la empresaria de radio y televisión CINTHIA RAMIREZ SANTILLANA, en calidad de Presidenta de la ASOCIACIÓN DE LICENCIATARIOS DE SEÑAL DE RADIO Y TELEVISIÓN DE SAN MARTÍN y Vicepresidenta de la CONFEDERACIÓN NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN, pues con la publicación de este DECRETO SUPREMO SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LOS REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE REALIZACIÓN DE PUBLICIDAD ESTATAL ESTABLECIDOS EN LA LEY N° 28874, LEY QUE REGULA LA PUBLICIDAD ESTATAL, LA MISMA MODIFICADA POR LA LEY N° 31515, por lo tanto para tener muy en cuenta “toda institución que pertenece al estado y que invierta dinero en medios que no cumplen con los requisitos que reglamenta la ley de hecho que se harán merecedores una sanción”.
Con la publicación de este reglamento, “ya no hay pretextos, de parte de las instituciones del estado las cuales a través de sus oficinas de comunicación deberán hacer cumplir la ley por la hemos estamos luchando para que este reglamento vea la luz, para alcanzar este objetivo se ha trabajado con diversos organismos, con diversas asociaciones en todo el país, también se ha recibido aportes de medios nacionales, al igual que las centrales de medios, incluso de los ministerios del gobierno, todos hemos participado de manera activa y responsable, es por eso que celebramos la publicación de este decreto supremo en el Diario Oficial El Peruano”, continúa declarándonos CINTHIA RAMIREZ SANTILLANA.
PARA TERMINAR
Indicar que la publicación de la presente LEY ES CON CARÁCTER DE OBLIGATORIEDAD para las instituciones de rango estatal, pero que no representa de ninguna manera solo de beneficio para quienes forman parte de las asociaciones de radio y televisión, sino también de todo propietario de medio de comunicación, sea este radial, televisivo o escrito y que cumpla con todos los requisitos que manda la ley, y que invita a revisar en todos sus extremos, la que por cierto tendremos que sensibilizar con todos los actores directos, nos manifiesta CINTHIA RAMIREZ SANTILLANA, Presidenta de la Asociación de Licenciatarios de Señal de Radio y Televisión de San Martín y Vicepresidente de la Confederación Nacional de Radio y Televisión, nada más punto final para esta entrega nos vamos con la promesa de retornar en nuestra próxima entrega. (Puma)
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